Aportes

Los asociados personas naturales cancelarán mensualmente los aportes de conformidad con el régimen económico.

Comprometiendo, mediante autorización escrita al empleador, en el evento de ser trabajador dependiente o jubilado, a que se le descuente el valor equivalente como mínimo el diez por ciento (10%) del salario mínimo mensual legal vigente (s.m.m.l.v.); si el asociado es independiente, él mismo realizará en forma directa el aporte.

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